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Me han despedido: qué hacer en los primeros 20 días (checklist completa)

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Derecho Laboral
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Un despido desordena la vida en una tarde. Y justo cuando estás peor, la ley te pone un cronómetro delante: 20 días hábiles para impugnarlo.
Esta es la checklist que nos gustaría que todo el mundo conociera antes de firmar nada.
En el momento del despido: qué firmar y qué no
Puedes firmar la carta de despido — de hecho conviene, añadiendo dos palabras: «no conforme» y la fecha. Firmar solo acredita que la has recibido, no que estés de acuerdo.
El finiquito es otra historia. No lo firmes en caliente: pide llevártelo para revisarlo. Un finiquito puede incluir cláusulas de «saldo y finiquito» que dificulten reclamar después. Si te presionan para firmar ya, añade igualmente «no conforme».
Guarda todo: carta, nóminas, contrato, correos, mensajes, testigos del momento. Y no devuelvas nada (móvil, portátil) sin dejar constancia escrita de la entrega.
Día 1-3: pide tus papeles y el paro
La empresa debe facilitarte el certificado de empresa (lo envía al SEPE telemáticamente) y los documentos de liquidación.
Solicita la prestación por desempleo en 15 días hábiles desde el cese: llegar tarde descuenta días de paro. Reclamar el despido no te impide cobrar el paro — son carriles paralelos y compatibles.
Día 1-20: decide si impugnas (con ayuda, mejor)
El plazo de 20 días hábiles es de caducidad: no se interrumpe ni con vacaciones de agosto ni con buenas palabras de la empresa («ya lo arreglamos»). En ese plazo hay que presentar la papeleta de conciliación (SMAC), que congela el cronómetro y abre una negociación previa al juicio. Merece la pena impugnar cuando:
El despido es disciplinario con causas vagas o infladas — muchísimos acaban declarados improcedentes.
Es un despido objetivo con causas económicas dudosas o sin la indemnización de 20 días/año puesta a disposición.
Hay indicios de nulidad: embarazo, baja médica, permisos de conciliación, represalia por reclamar derechos. La nulidad implica readmisión con salarios de tramitación.
Las cuentas no cuadran: la indemnización de un despido improcedente es de 33 días de salario por año trabajado (con tope de 24 mensualidades) para el tiempo posterior a febrero de 2012 — calculada sobre tu salario real con variables y prorratas, que es donde las empresas suelen «redondear a la baja». Tenemos una guía completa en cómo se calcula la indemnización.
Errores que vemos cada semana (y cuestan dinero)
Dejar pasar los 20 días «por no meterse en líos»: después ya no hay nada que hacer, por injusto que fuera el despido.
Firmar un finiquito con renuncia de acciones a cambio de cobrar unos días antes.
Aceptar la primera oferta en conciliación sin haber calculado lo que de verdad corresponde.
No reclamar salarios pendientes, horas extra o vacaciones no disfrutadas junto al despido. Si además la empresa te debe nóminas, mira qué hacer ante impagos.
Contar el plazo en días naturales (son hábiles) o desde la firma del finiquito (cuenta desde la fecha de efectos del despido).
Preguntas frecuentes
¿Puedo negociar mi salida sin ir a juicio?
Sí — la mayoría de los despidos impugnados se cierran en conciliación con acuerdo. Pero se negocia bien cuando la otra parte sabe que estás dispuesto a llegar al juzgado y llevas los números hechos.
¿Y si estaba de baja cuando me despidieron?
Despedir durante una baja no es automáticamente nulo, pero es un indicio serio que se examina con lupa. No firmes nada y consulta en días, no semanas.
¿Cuánto cuesta reclamar?
La papeleta de conciliación no tiene coste y en lo laboral no hay tasas judiciales para el trabajador. Los honorarios del abogado, pídelos por escrito — en despidos con opciones sólidas, la reclamación se paga sola.

Un despido no tiene por qué ser la última palabra. Los primeros días son los que de verdad deciden el resultado.
Información general, no asesoramiento del caso concreto. ¿Te acaban de despedir en Vitoria o Álava? Trae tu carta a HLK Abogados esta semana: revisamos gratis los plazos de tu caso y te decimos con números si compensa reclamar. Pide cita.