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Regularización Extraordinaria 2026: Todo Lo Que Necesitas Saber

Una persona ayuda a otra firmando papeles de la regularizacion

Creador

Hane Lore King

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Categoria

Extranjería

Fecha

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El Gobierno ha puesto en marcha el proceso de regularización migratoria extraordinaria más importante de los últimos años en España. Por primera vez en mucho tiempo, las personas que se encuentran en situación administrativa irregular y que ya residen en el país tienen una vía real para regularizar su situación.


El plazo de solicitudes está abierto desde el 16 de abril y se cierra el 30 de junio de 2026. Eso significa que quedan pocas semanas para presentar la solicitud. Si crees que puedes acogerte a este proceso, es fundamental que actúes ahora — no hay garantía de que se amplíe el plazo ni de que haya otra oportunidad como esta.

La regularización extraordinaria de 2026 te permite:

  1. Una autorización de residencia legal en España con una vigencia inicial de un año, renovable.

  2. La posibilidad de trabajar legalmente, cotizar a la Seguridad Social y acceder a prestaciones.

  3. Salir de la situación de irregularidad administrativa sin necesidad de esperar tres años como en el arraigo social clásico.

  4. Regularizar tu situación tanto si has solicitado protección internacional como si te encuentras en situación irregular habiendo llegado a España antes del 1 de enero de 2026.

  5. Acceder al proceso tanto de forma presencial (con cita previa) como telemática, disponible las 24 horas del día durante todo el plazo.

Quién puede solicitarla

El Real Decreto establece dos grupos de personas que pueden acogerse a la regularización extraordinaria.

El primer grupo son las personas que han solicitado protección internacional en España antes del 1 de enero de 2026. Si presentaste solicitud de asilo o protección internacional antes de esa fecha, puedes acogerte a este proceso.

El segundo grupo son las personas en situación administrativa irregular que llegaron a España antes del 1 de enero de 2026. En este caso, además de demostrar tu llegada antes de esa fecha, necesitas cumplir requisitos adicionales.

Requisitos principales

Para ambos grupos, hay dos requisitos comunes que son imprescindibles.

El primero es encontrarse en España antes del 1 de enero de 2026 y acreditar una permanencia ininterrumpida de al menos cinco meses en el momento de la solicitud. Es decir, no puedes haber salido del país durante un período prolongado.

El segundo es carecer de antecedentes penales y no suponer una amenaza para el orden público, la seguridad pública o la salud pública. Necesitarás certificados de antecedentes penales tanto de España como de tu país de origen y de los países donde hayas residido en los últimos cinco años.

Requisitos adicionales para personas en situación irregular

Si perteneces al segundo grupo (situación irregular, no solicitante de protección internacional), necesitas acreditar además al menos uno de estos tres supuestos.

Haber trabajado con contrato legal por cuenta ajena o propia en España. Si has tenido algún contrato de trabajo formal, aunque sea breve, este supuesto te puede servir.

Contar con una unidad familiar compuesta por hijos menores de edad, mayores con discapacidad o ascendientes de primer grado.

Acreditar tu situación de vulnerabilidad. Este supuesto es más amplio y puede abarcar diferentes circunstancias personales que demuestren vulnerabilidad social.

Documentación necesaria

La documentación que necesitas reunir incluye la solicitud conforme al modelo oficial disponible en el portal de la regularización del Ministerio de Inclusión. También necesitarás copia completa del pasaporte, cédula de inscripción o título de viaje.

Es imprescindible aportar documentación que acredite que te encontrabas en España antes del 1 de enero de 2026 y que has permanecido en el país durante los cinco meses anteriores a la solicitud. Esto puede incluir empadronamiento, informes médicos, documentación de asociaciones o cualquier documento oficial que demuestre tu presencia.

Finalmente, necesitarás el certificado de antecedentes penales en España y en tu país de origen, así como en los países donde hayas residido durante los últimos cinco años antes de entrar en España.

Plazos y vías de solicitud

El plazo está abierto desde el 16 de abril de 2026 y se cierra el 30 de junio de 2026. Hay dos vías para presentar la solicitud.

La vía presencial funciona exclusivamente con cita previa. Las citas se gestionan a través del sistema habilitado por las Oficinas de Extranjería.

La vía telemática está disponible de forma ininterrumpida, las 24 horas del día, los 7 días de la semana, durante todo el plazo de solicitud. Esta es la opción más accesible si tienes los documentos digitalizados y certificado digital o Cl@ve.

Por qué es importante actuar antes del 30 de junio

Este proceso tiene fecha de cierre. No es como el arraigo social o el arraigo laboral, que son figuras permanentes del ordenamiento jurídico. La regularización extraordinaria es un proceso excepcional con un plazo concreto. Una vez cerrado el 30 de junio, no podrás presentar solicitud por esta vía.

Además, la documentación puede tardar en obtenerse. Los certificados de antecedentes penales del país de origen, por ejemplo, pueden requerir tiempo de gestión, especialmente si necesitan apostilla o legalización. Si esperas a la última semana, puedes encontrarte con que no tienes la documentación lista a tiempo.

Qué pasa si te deniegan la solicitud

Si tu solicitud es denegada, puedes interponer recurso de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado en el plazo de dos meses. En ambos casos, contar con un abogado especializado en extranjería es fundamental para preparar el recurso con garantías.

Tu oportunidad está abierta hasta el 30 de junio. No dejes que se cierre sin al menos intentarlo — el coste de no hacer nada es quedarte exactamente donde estás.

Nuestro equipo de extranjería en HLK Abogados está gestionando solicitudes de regularización extraordinaria desde el primer día. Conocemos los requisitos, la documentación necesaria y los criterios que aplican las Oficinas de Extranjería.


Te acompañamos en todo el proceso: desde la recopilación de documentación hasta la presentación de la solicitud y el seguimiento del expediente. Si tu solicitud es denegada, también podemos ayudarte a recurrir.


El plazo se cierra el 30 de junio de 2026. Contacta con HLK Abogados y empieza el proceso antes de que se acabe el tiempo.

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