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¿Cuánto tarda la nacionalidad española en 2026? Plazos reales, fase a fase

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Extranjería
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Es la pregunta número uno en cualquier despacho de extranjería: «ya lo he presentado todo… ¿cuánto tarda la nacionalidad?».
Y merece una respuesta honesta, porque entre el plazo que dice la ley y el que viven los expedientes hay un mundo.
Lo que dice la ley: 1 año
El plazo máximo legal para resolver la nacionalidad por residencia es de un año desde que la solicitud entra en el Registro. Si pasa ese año sin respuesta, el silencio es negativo — lo que no significa denegación real, sino que se abre la puerta a reclamar por vía administrativa y judicial. Este detalle importa, y volveremos a él.
Lo que tarda en la práctica
Con el expediente electrónico, los casos bien presentados y sin incidencias se están resolviendo en general entre 1 y 2 años; los expedientes con documentación incompleta, requerimientos o mala suerte de reparto pueden irse más allá. La variabilidad es enorme, y por eso conviene entender las fases:
Presentación y acuse: la solicitud entra por la plataforma telemática con toda la documentación.
«En estudio»: el expediente espera su turno de revisión. Es la fase más larga y la que más ansiedad genera, porque puede pasar muchos meses sin moverse.
Requerimientos (si los hay): si falta algo o algo caducó, te piden subsanar — cada requerimiento añade meses. La mayoría son evitables presentando bien desde el inicio.
«En calificación»: la buena señal. Un instructor tiene tu expediente sobre la mesa; suele quedar relativamente poco para la resolución.
Concedida → jura: tras la concesión tienes 180 días para jurar ante notario o Registro Civil. Con la concesión no acaba todo: sin jura no hay nacionalidad.
Inscripción y DNI: tras la jura, inscripción del nacimiento y cita para el primer DNI.
Qué acelera (de verdad) un expediente
Presentarlo completo y actualizado: antecedentes penales del país de origen apostillados y vigentes, empadronamiento, certificados CCSE y DELE aprobados antes de presentar. La mitad de los retrasos nacen de requerimientos evitables.
Vigilar el expediente: revisar el estado periódicamente y responder a cualquier requerimiento en plazo, con la documentación exacta que piden.
Pasado el año legal: reclamar. Existe la vía del recurso contencioso-administrativo por silencio, que en la práctica «despierta» muchos expedientes dormidos. No es automática ni conviene en todos los casos — un abogado valora cuándo compensa.
¿Cuántos años de residencia necesito antes de pedirla?
Recordatorio rápido de los plazos de residencia legal y continuada previos a la solicitud: 10 años como regla general, 5 para personas refugiadas, 2 para nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y sefardíes, y 1 año para quien lleva un año casado con español/a, entre otros supuestos. Los requisitos completos los explicamos en nacionalidad española por residencia.
Preguntas frecuentes
Mi expediente lleva 18 meses «en estudio», ¿es normal?
Es frecuente, que no es lo mismo. Superado el año legal, conviene valorar la reclamación por silencio en lugar de seguir esperando indefinidamente.
¿Pedir cita con un abogado acelera algo si aún no he presentado?
Lo que acelera es presentar un expediente impecable a la primera: cada requerimiento evitado son meses ganados.
¿Puedo viajar mientras se resuelve?
Sí, con tu residencia en vigor. Eso sí: mantén renovaciones al día durante toda la tramitación — perder la residencia legal a mitad de expediente es un problema serio.
¿Y si me la deniegan?
Se puede recurrir (reposición o directamente contencioso). Muchas denegaciones — por ejemplo, por «falta de integración» o por antecedentes ya cancelables — se ganan con un buen recurso; mira también cómo recurrimos las denegaciones.

Un año dice la ley; la realidad es otra. Conocer las fases de verdad es lo que te permite actuar en lugar de solo esperar.
Información general, no asesoramiento del caso concreto. ¿Tu nacionalidad no avanza? En HLK Abogados (Vitoria-Gasteiz) revisamos tu expediente, lo desatascamos si procede y te acompañamos hasta la jura. Escríbenos.