Reclamación de deudas en España mediante el proceso monitorio
Procedimiento judicial ágil para reclamar deudas dinerarias de forma rápida y sin juicio.
Si alguien te debe dinero en España y no te paga, existe un procedimiento judicial especialmente ágil para reclamar esas deudas dinerarias: el proceso monitorio. Se trata de un mecanismo previsto en la Ley de Enjuiciamiento Civil que permite obtener un título ejecutivo (una resolución que ordena pagar) de forma rápida y sin juicio, siempre que el deudor no se oponga. Es aplicable a deudas líquidas, vencidas y exigibles, es decir, cantidades concretas de dinero ya vencidas y no sujetas a condición. Actualmente se pueden reclamar por monitorio deudas de cualquier cuantía, sin límite mínimo ni máximo (en el pasado había topes, pero fueron eliminados en 2011). Esto abarca desde el alquiler atrasado de un piso, los honorarios impagados de un profesional, facturas de suministros, hasta préstamos personales no devueltos, entre otros.
¿Cómo funciona el proceso monitorio?
El acreedor presenta en el juzgado una petición inicial de procedimiento monitorio exponiendo quién es el deudor, cuál es la deuda (importe), su origen (por ejemplo, “factura nº X por servicios prestados”) y aportando algún principio de prueba documental de la deuda. Pueden servir facturas, contratos, albaranes firmados, incluso correos electrónicos o burofax, cualquier documento que acredite la relación comercial y la existencia de la deuda. No se requiere abogado ni procurador para iniciar el monitorio si la deuda reclamada no supera los 2.000 € (para importes mayores sí se recomienda asistencia letrada posteriormente, pero la petición inicial puede ponerla el propio ciudadano).
Admitida la petición, el juzgado requiere de pago al deudor: le envía una notificación otorgándole un plazo de 20 días para que pague lo reclamado o se oponga si no está de acuerdo. Aquí radica la sencillez del monitorio: si el deudor no responde en ese plazo ni paga voluntariamente, el juez dará por terminado el proceso y dictará un decreto que declara la deuda y permite al acreedor ir directamente a la fase de ejecución forzosa, embargando bienes del deudor para cobrar. Todo ello sin vista ni juicio, ya que solo habría intervención judicial si el deudor presenta oposición.
En cambio, si el deudor se opone formalmente (alegando, por ejemplo, que ya pagó, o que la factura es incorrecta), el asunto se transforma en un juicio verbal u ordinario (dependiendo de la cuantía) donde sí habrá un proceso declarativo completo para resolver el fondo del asunto. En tal caso, se requerirá abogado y procurador si la deuda supera 2.000 €.
Por tanto, el monitorio es muy eficaz cuando la deuda es clara y el deudor simplemente está dilatando el pago sin justificación: ante la presión del requerimiento judicial, muchos deudores pagan dentro del plazo para evitar males mayores. Si no lo hacen ni contestan, el acreedor obtiene rápidamente un título para embargar nóminas, cuentas bancarias o propiedades del deudor. Cabe mencionar que si tras el monitorio en decreto firme el acreedor va a ejecución, ya sí necesitará abogado/procurador si la deuda excede 2.000 €, pero las costas y gastos podrán repercutirse al deudor en la ejecución.
Ejemplos prácticos de uso del monitorio
Una comunidad de vecinos utiliza el monitorio para reclamar cuotas impagadas al propietario moroso (es un caso típico, tanto que la ley prevé expresamente que en monitorios de comunidad de propietarios se incluyan costas desde el inicio). Un autónomo puede reclamar el impago de una factura aportando el contrato y la factura firmada. Un arrendador puede reclamar rentas de alquiler vencidas; a veces se combina la demanda de desahucio con la reclamación de rentas, pero si solo se quiere el dinero, podría usarse el monitorio.
Eso sí, no procede monitorio cuando la obligación no sea dineraria (por ejemplo, exigir que alguien entregue un objeto o cumpla un contrato de hacer, eso requerirá un juicio declarativo). Tampoco cuando se pide aclarar cláusulas contractuales o daños no liquidados, etc., pues el monitorio exige deuda concreta y claramente debida.
Conclusión
En definitiva, el procedimiento monitorio es una herramienta muy útil para cobrar deudas de manera más rápida y sencilla que un juicio tradicional. Es parte del compromiso del sistema judicial con la eficacia en reclamaciones de cuantía determinada. Muchos pequeños empresarios, comunidades y particulares han recuperado su dinero gracias a este proceso.
Si alguien te debe una suma de dinero acreditada y se niega a pagar, el monitorio puede ser tu mejor aliado: un camino legal expedito para que esa deuda deje de ser una carga frustrante y se haga justicia con el pago debido.

